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PROINFI - PROGRAMAS E INFORMES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA
PROFESORADO DE CARRERA Y LAS Y LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS

INGRESO AL SISTEMA


NOMBRE DE USUARIO


CONTRASEÑA


AVISO IMPORTANTE
PROFESORADO DE CARRERA: Antes de comenzar la captura de su PROGRAMA, revise el rubro 1.1. Si sus asignaturas son correctas puede programar. Si no lo son, póngase en contacto con su división y no programe el rubro 1.1 hasta que las correcciones a sus asignaturas estén hechas.

CALENDARIO INFORMES Y PROGRAMAS


CAPTURA PROFESORADO DE CARRERA Y LAS Y LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS
    - INFORME 2025-1 : del 27 de enero al 21 de febrero de 2025 (hasta las 18:00 hrs.)
    - PROGRAMA 2025-2: del 10 de febrero al 21 de febrero de 2025 (hasta las 18:00 hrs.)

REVISIONES
    - DIVISIONES ACADÉMICAS: del 24 de febrero al 7 de marzo de 2025
    - COMISIÓN DE EVALUACIÓN: a partir del 10 de marzo de 2025
NORMATIVIDAD
Artículo 60.- Además de las obligaciones del artículo 56 el personal académico de carrera deberá someter oportunamente a la consideración del consejo de la dependencia de su adscripción, el proyecto de las actividades de investigación, preparación, estudio y evaluación del curso o cursos que impartan, dirección de tesis o prácticas, aplicación de exámenes, dictado de cursillos y conferencias y demás que pretenda realizar durante el año siguiente; llevarlas a cabo y rendir en su oportunidad un informe sobre la realización de las mismas. Dicho proyecto constituirá su programa anual de labores una vez que sea aprobado por el consejo técnico, interno o asesor.


Artículo 61.- El personal académico de carrera, de medio tiempo y de tiempo completo tiene la obligación de desempeñar labores docentes y de investigación, según la distribución de tiempo que haga el consejo técnico correspondiente, conforme a los siguientes límites para impartir clases o desarrollar labores de tutoría.
  • a) A nivel profesional y de posgrado:
    1. Los investigadores, un mínimo de tres horas o las que correspondan a una asignatura y un máximo de seis horas semanales, o bien las que se asignen a labores de tutoría;
    2. Los profesores titulares, un mínimo de seis horas o las que correspondan a dos asignaturas y un máximo de doce horas por semana, y las que se asignen a labores de tutoría;
    3. Los profesores asociados, un mínimo de nueve horas o las que correspondan a tres asignaturas y un máximo de dieciocho horas semanales, y las que se asignen a labores de tutoría.

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